domingo, 16 de agosto de 2009

Implementación de la Ord. 4-99 a partir de este Año Lectivo 2009-2010.

En su artículo 138 la Ley General de Educación 66-97 faculta a los docentes como responsables de cumplir con el calendario y el horario escolar establecido por el Consejo Nacional de Educación.
La ordenanza 4-99 en su artículo 98 establece que el nivel básico recibirá cinco períodos diarios de 45 minutos . Para la educación media, la misma ordenanza establece seis periodos diarios de 50 minutos y de 45 minutos de noche.
Los horarios establecidos en la 4-99, en cada tanda y nivel son los siguientes:
Nivel horario
Inicial 8:00 am a 12:00 m y de 2:00 pm. a 5:00 pm.
Básico 8:00 am a 12:30 pm y de 2:00 pm. a 6:00 pm.
Medio 8:00 am a 1:30 pm y de 2:00 pm. a 6:00 pm./ Noct. 6:00 a 10:00 sp
En virtud de esto hacemos un llamado a todos los integrantes de la comunidad educativa: Padres, Madres, Tutores, Estudiantes, Maestros/as, Directivos ,Personal de apoyo y Administrativos a cumplir con el Calendario Escolar y de esta forma estaremos contribuyendo con el objetivo pricipal de nuestra Mision MIL x MIL : Mil horas de docencia en Cantidad x Mil horas de docencia en Calidad.

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